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Requisitos

Son susceptibles de acogimiento familiar los niños de 0 a 18 años, menores cuyas familias están atravesando situaciones, de mayor o menor gravedad, que les impide atenderlos adecuadamente y además no existe la posibilidad o conveniencia de que puedan ser acogidos por algún familiar.

Requisitos

Son especialmente necesarias las familias dispuestas a acoger:

 Menores a partir de 8 años.

 Grupos de hermanos con el fin de que no pierdan los vínculos fraternos

 Menores que han pasado por largos periodos de internamiento

 Menores con problemas de salud, minusvalías físicas, psíquicas o sensoriales; anticuerpos de VIH, problemas de desarrollo, desnutrición, lenguaje.

 Menores con desajustes emocionales y conductuales como consecuencia de vivencias traumáticas o de una atención inadecuada

 Menores extranjeros no acompañados, tutelados por la Generalitat Valenciana.



De igual modo son necesarias las familias educadoras especializadas en el acogimiento de urgencia - diagnóstico. Esta modalidad de acogimiento trata de ofrecer una respuesta familiar a un o una menor, o menores, cuando a pesar de haberse decidido la salida de su entorno familiar, todavía no se dispone de la información suficiente para proponer una media de protección más estable. Esta modalidad requiere para las familias una especial disponibilidad y compromiso.


Las familias educadoras ofrecen una solución temporal a la situación del niño y les proporcionan un ambiente familiar estable y afectivo. Aún en el caso de acogimientos simples, claramente transitorios, estos suponen para los menores acogidos, entre otras cosas:


 Un ambiente cultural y socializador adecuado.

 Unas pautas educativas (higiene, alimentación, hábitos…) y de relación (comprensión, cariño…).

 Una relación de referencia y la reconstrucción de su red social de apoyo.

 Unas expectativas de futuro diferentes.
 

El acogimiento familiar supone siempre una experiencia y una vivencia para todos los implicados que requiere, para que sea enriquecedora para el o la menor, de los siguientes rasgos en la familia que acoge:

 Voluntariedad y aceptación del acogimiento por parte de todos los miembros de la unidad familia

 Motivación y capacidad educativa



 No buscar el compensar la ausencia o pérdida de hijos


 Disponibilidad de tiempo real de dedicación a los niños

 Respeto al niño, a su familia, a su cultura

 Sensibilidad hacia los problemas sociales: solidaridad y capacidad de ayuda

 Flexibilidad de criterios educativos, religiosos, ideológicos, etc.

 Aceptación de la colaboración de los demás agentes implicados en el acogimiento

 Disponibilidad de relación con la familia del menor acogido, cuando sea posible y aconsejable

 Disposición para realizar actividades de formación

 Capacidad de aceptación de la separación del menor a la finalización del acogimiento

Colaboradores

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