Son especialmente necesarias las familias dispuestas a acoger:
Menores a partir de 8 años.
Grupos de hermanos con el fin de que no pierdan los vínculos fraternos
Menores que han pasado por largos periodos de internamiento
Menores con problemas de salud, minusvalías físicas, psíquicas o sensoriales; anticuerpos de VIH, problemas de desarrollo, desnutrición, lenguaje.
Menores con desajustes emocionales y conductuales como consecuencia de vivencias traumáticas o de una atención inadecuada
Menores extranjeros no acompañados, tutelados por la Generalitat Valenciana.
Las familias educadoras ofrecen una solución temporal a la situación del niño y les proporcionan un ambiente familiar estable y afectivo. Aún en el caso de acogimientos simples, claramente transitorios, estos suponen para los menores acogidos, entre otras cosas:
Un ambiente cultural y socializador adecuado.
Unas pautas educativas (higiene, alimentación, hábitos…) y de relación (comprensión, cariño…).
Una relación de referencia y la reconstrucción de su red social de apoyo.
Unas expectativas de futuro diferentes.
Voluntariedad y aceptación del acogimiento por parte de todos los miembros de la unidad familia
Motivación y capacidad educativa
Disponibilidad de tiempo real de dedicación a los niños
Respeto al niño, a su familia, a su cultura
Sensibilidad hacia los problemas sociales: solidaridad y capacidad de ayuda
Flexibilidad de criterios educativos, religiosos, ideológicos, etc.
Aceptación de la colaboración de los demás agentes implicados en el acogimiento
Disponibilidad de relación con la familia del menor acogido, cuando sea posible y aconsejable
Disposición para realizar actividades de formación
Capacidad de aceptación de la separación del menor a la finalización del acogimiento